Jubilación anticipada en 2024


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Como todos los años, la edad de jubilación anticipada se retrasa, al igual que lo hace la edad de jubilación ordinaria. Así, la jubilación anticipada en 2024 se retrasa dos meses. Te lo contamos todo.

jubilación anticipada

Como viene ocurriendo desde 2013, cada año, la edad de jubilación experimenta un retraso de dos meses. Esto sucederá así hasta 2027, momento en el que se fijará en 67 años.

De este modo, con la entrada del nuevo año, la edad de jubilación en 2024 se sitúa en 66 años y seis meses para aquellas personas que han cotizado menos de 38 años. Para quienes hayan cotizado por encima de esa franja, se mantiene en 65 años.

TABLAS DE LA EDAD DE JUBILACIÓN

AñoPeriodos cotizadosEdad de jubilación
201335 años y 3 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 1 mes
201435 años y 6 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 2 meses
201535 años y 9 meses o más Menos 35 años y 3 meses65 años 65 años y 3 meses
201636 años o más años Menos 36 años65 años 65 años y 4 meses
201736 años y 3 meses o más Menos 36 años y 3 meses65 años 65 años y 5 meses
201836 años y 6 meses o más Menos 36 años y 6 meses65 años 65 años y 6 meses
201936 años y 9 meses o más Menos 36 años y 9 meses65 años 65 años y 8 meses
202037 años o más Menos de 37 años65 años 65 años y 10 meses
202137 años y 3 meses o más Menos 37 años y 3 meses65 años 66 años
202237 años y 6 meses o más Menos 37 años y 6 meses65 años 66 años y 2 meses
202337 años y 9 meses o más Menos 37 años y 9 meses65 años 66 años y 4 meses
202438 años o más Menos 3865 años 66 años y 6 meses
202538 años y 3 meses o más Menos 38 años y 3 meses65 años 66 años y 8 meses
202638 años y 3 meses o más Menos 38 años y 3 meses65 años 66 años y 10 meses
A partir de 202738 años y 6 meses o más Menos 38 años y 6 meses65 años 67 años
Fuente: Elaboración propia con datos de la Seguridad Social

¿Y qué ocurre con la edad de jubilación anticipada en 2024? Pues que también se retrasa. A continuación, todo lo que debes saber sobre la jubilación anticipada tanto si es voluntaria como forzosa.

Índice

Edad de jubilación anticipada en 2024

Como comentábamos, la edad de jubilación anticipada en 2024 también experimenta el correspondiente retraso. No obstante, no será la misma para todo aquel que se jubile anticipadamente este año. Dependerá de la fórmula para jubilarse anticipadamente a la que se acoja la persona.

Y es que existen distintas modalidades de jubilación anticipada: voluntaria y forzosa. Las diferencias, como se puede inferir, radican en la voluntariedad o involuntariedad en la decisión del trabajador para jubilarse antes, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la Seguridad Social.

Jubilación anticipada voluntaria en 2024

La entrada en 2024 lleva a que para poder jubilarse anticipadamente de forma voluntaria hay que tener cumplidos los 64 años y seis meses. Y es que según establece la legislación, la edad para jubilarse anticipadamente de forma voluntaria debe ser, como mucho, inferior en dos años a la edad legal de retiro. Eso sí, es requisito haber acumulado 35 años de cotización.

Además, el importe de la prestación a percibir debe resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que le correspondería por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años. De no ser así, no sería posible acceder esta fórmula para jubilarse antes de tiempo.

¿Cómo afecta a las pensiones optar jubilarse antes de forma voluntaria?

Quien se jubile de forma anticipada debe tener en cuenta que a su pensión se le aplicarán unos coeficientes reductores que disminuirán el importe a percibir en la prestación.

Si te preguntas, qué es un coeficiente reductor, debes saber que un coeficiente reductor es un porcentaje que se descuenta de la pensión por cada mes de anticipación a la edad de jubilación ordinaria. Antes de la última reforma aprobada por el Gobierno el pasado año, se penalizaba por cada trimestre. En consecuencia, los coeficientes se han endurecido con el objetivo de reducir esta anticipación del retiro laboral. En líneas generales, la reducción oscila entre el 21% y el 3,26%, en función de si se adelanta entre 24 meses o un mes.

Coeficientes reductores en la jubilación anticipada voluntaria

Meses que se adelanta la jubilaciónA Menos de 38 años y 6 mesesB Menos de 41 años y 6 mesesC Menos de 44 años y 6 mesesD 44 años y 6 meses o más
2 años – 2421,0019,0017,0013,00
2317,6016,5015,0012,00
2214,6714,0013,3311,00
2112,5712,0011,4310,00
2011,0010,5010,009,20
199,789,338,898,40
188,808,408,007,60
178,007,647,276,91
167,337,006,676,33
156,776,466,155,85
146,296,005,715,43
135,875,605,335,07
1 año – 125,505,255,004,75
115,184,944,714,47
104,894,674,444,22
94,634,424,214,00
84,404,204,003,80
74,194,003,813,62
64,003,823,643,45
53,833,653,483,30
43,673,503,333,17
33,523,363,203,04
23,383,233,082,92
13,263,112,962,81
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Jubilación forzosa o involuntaria en 2024

Tal como distinguíamos hace unas líneas, dentro de las modalidades para jubilarse antes de tiempo, también existe la fórmula de la jubilación anticipada forzosa, que es la que se da cuando la persona que solicita la jubilación anticipada, siempre que cumpla los requisitos, lo hace, no tanto por decisión propia, sino porque se da una situación que se denomina forzosa.

Así, cuando el empleado no es el que decide, sino la empresa para la que trabaja, ya sea por necesidad o por voluntad de la propia empresa, hablamos de situación forzosa.  

Para poder optar a ella es necesario que se produzca un despido, individual o colectivo. No obstante, no basta con ello. Es requisito que el trabajador tenga cumplida una edad que sea, como mucho, inferior en cuatro años a la edad ordinaria de jubilación que rija en le momento de solicitar la jubilación. Así, para la jubilación anticipada en 2024 en el caso de se sea forzosa, se han de tener cumplidos los 62 años y seis meses. Igualmente, constituye requisito tener como mínimo 33 años de cotización a la Seguridad Social a lo largo de la vida laboral.

Otros supuestos en los que se puede acceder a la jubilación forzosa

No solo en el caso señalado se puede acceder a la jubilación forzosa. También cabe la posibilidad de hacerlo en los siguientes casos:

  • Por fallecimiento del empleador
  • Por jubilación del empleador
  • En caso de incapacidad permanente del empleador
  • Por ser víctima de violencia de género
  • Por causa judicial o de fuerza mayor

¿Cómo afecta a las pensiones optar jubilarse antes de forma involuntaria?

Al igual que en el caso de la voluntaria, en la jubilación forzosa, al calcular la pensión que quedará al jubilado se aplicarán unos coeficientes reductores que disminuirán el importe a percibir en la prestación que oscilan entre el 24% y el 30% con el máximo anticipo, de entre el 18% y el 22,5% con tres años de adelanto, de entre el 12% y el 15% con dos años de anticipo y de entre el 4,75% y el 5,5% con un año de adelanto.

Coeficientes reductores en la jubilación anticipada involuntaria

Meses que se adelanta la jubilaciónA Menos de 38 años y 6 mesesB Menos de 41 años y 6 meses  C Menos de 44 años y 6 mesesD 44 años y 6 meses o más
4 años – 4830,0028,0026,0024,00
4729,3827,4225,4623,50
4628,7526,8324,9223,00
4528,1326,2524,3822,50
4427,5025,6723,8322,00
4326,8825,0823,2921,50
4226.2524,5022,7521,00
4125,6323,9222,2120,50
4025,0023,3321,6720,00
3924,3822,7521,1319,50
3823,7522,1720,5819,00
3723,1321,5820,0418,50
3 años – 3622,5021,0019,5018,00
3521,8820,4218,9617,50
3421,2519,8318,4217,00
3320,6319,2517,8816,50
3220,0018,6717,3316,00
3119,3818,0816,7915,50
3018,7517,5016,2515,00
2918,1316,9215,7114,50
2817,5016,3315,1714,00
2716,8815,7514,6313,50
2616,2515,1714,0813,00
2515,6314,5813,5412,50
2 años – 2415,0014,0013,0012,00
2314,3813,4212,4611,50
2213,7512,8311,9211,00
2112,5712,0011,3810,00
2011,0010,5010,009,20
199,789,338,898,40
188,808,408,007,60
178,007,647,276,91
167,337,006,676,33
156,776,466,155,85
146,296,005,715,43
135,875,605,335,07
1 año – 125,505,255,004,75
115,184,944,714,47
104,894,674,444,22
94,634,424,214,00
84,404,204,003,80
74,194,003,813,62
63,753,503,253,00
53,132,922,712,50
42,502,332,172,00
31,881,751,631,50
21,251,171,081,00
10,63O,58O,54O,50
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Soy autónomo, ¿puedo acceder a la jubilación anticipada en 2024?

Si eres autónomo y estás pensando en la jubilación anticipada debes saber que según establece la legislación, los autónomos pueden jubilarse anticipadamente de forma voluntaria dos años antes de la edad legal ordinaria y, como mínimo, con 35 años cotizados a la Seguridad Social durante su vida laboral. No obstante, los autónomos no pueden acceder a la jubilación forzosa o involuntaria.

Qué requisitos debe cumplir el autónomo para jubilarse de forma anticipada

Al igual que los trabajadores asalariados, los autónomos que quieran jubilarse antes deberán tener cumplida una edad que sea inferior en dos años, como máximo, respecto a la edad legal de jubilación que le corresponda en cada momento. También, igualmente, deben tener al menos 35 años cotizados a la Seguridad Social para jubilarse.

Además, también en el caso de los autónomos, la ley exige que «el importe de la pensión a percibir ha de resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada».

Pensiones de autónomos: coeficientes reductores para la jubilación anticipada

En el caso del autónomo que se jubila anticipadamente, los coeficientes reductores que se aplicarían para calcular su pensión serán los mismos que en el caso de trabajadores asalariados que se jubilan antes de forma voluntaria, atendiendo a las bases de cotización de los últimos años, a los trimestres de anticipación y al tiempo cotizado para jubilarse.

Otros supuestos que permiten la jubilarse de forma anticipada

La Seguridad Social contempla otros supuestos que nos permiten jubilarnos antes de tiempo, como es el caso de trabajadores que tengan reconocida una discapacidad o en el caso de trabajadores que desempeñen uno de los calificados como “trabajo penoso”.

Trabajadores con discapacidad

En el caso de que el trabajador tenga reconocida una discapacidad igual o superior al 45% y si tiene reconocidos 15 años de trabajo y cotización, puede acceder a la jubilación anticipada por discapacidad a los 56 años. Eso sí, según la enfermedad concreta por la que le haya venido dada esa discapacidad

En el supuesto de que la discapacidad oficialmente reconocida lo sea en un grado del 65% o superior, con independencia de cuál sea la enfermedad que la ha generado, podrá solicitar la jubilación a los 52 años.

En ambos casos, no se aplica coeficiente reductor a la hora de calcular las pensiones a percibir.

Jubilación anticipada por trabajo penoso

En el caso de trabajadores que a lo largo de su vida laboral han realizado un trabajo considerado “penoso, peligroso o tóxico”, estos pueden jubilarse a partir de los 52 años y hasta los 60 -según en trabajo concreto desempeñado-. El motivo por el que se establece esta fórmula de retiro en este rango de edades es que la salud del trabajador puede estar afectada por el hecho de haber desempeñado esa labor.

Los trabajos que en encuadran dentro de esta categoría son los de minero, personal de vuelo, trabajadores ferroviarios, artistas profesionales, profesionales taurinos, bomberos y ertzainas.

A igual que en el caso de trabajadores discapacitados, en esta fórmula para jubilarse, no se aplican coeficientes reductores para el cálculo de las pensiones.

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66 comentarios en «Jubilación anticipada en 2024»

  1. Buena Tardes , la verdad estoy hecho un lío , si yo cumplo este año 63 años , y llevo 44 años de cotización , me puedo jubilar anticipadmente cuando los cumpla ? Ahora estoy en Desempleo , Muchas Gracias.

    • Estimado Alberto:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en virtud de la norma vigente en materia de jubilaciones, podría acceder a la Jubilación anticipada voluntaria con 63 años de edad siempre que la pensión resultante, una vez descontados los coeficientes reductores, fuera superior a la cuantía mínima establecida para la Jubilación ordinaria a los 65 años de edad.
      Saludos,

  2. Me parece una salvajada esta suida en los coeficientes de reducción, sobre todo en lo que se refiere a JUBILACION ANTICIPADA FORZOSA o INVOLUNTARIA. Tengo entendido que se iba a estudiar reducir los coeficientes de reducción para la JAI, ya que se consideraba que los porcentajes eran muy altos e injustos, para este tipo de jubilación. No obstante, me gustaría saber si estos nuevos cuadros de coeficientes reductores, se van ha proponer o si ya están aprobados para aplicarse desde este año 2021, es la primera noticia que tengo de ello.
    Muchas gracias y un saludo.

    • Estimado Jesús:
      Gracias por su comentario. Los coeficientes reductores regulados en la norma vigente no han cambiado desde 2012.
      Saludos,

  3. Buenos días. Este año cumplo en octubre 63 años y llevo cotizados 47. ¿ Puedo jubilarme voluntariamente o tengo que esperar algunos meses más, no lo tengo claro.
    Gracias

    • Estimado Evaristo:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en virtud de la norma vigente que regula la Jubilación Anticipada Voluntaria, entendemos que podría acceder a la Jubilación anticipada a partir de los 63 años siempre que la cuantía resultante de la pensión, una vez descontados los coeficientes reductores, fuera superior a la pensión mínima establecida que le hubiera correspondido a la edad de 65 años.
      Saludos,

  4. Buenos dias:
    -Estoy pre-jubilado desde 2008. Este año cumplo 63 en Julio. Para esa fecha llevaré 44 años cotizados. ¿podré jubilarme anticipadamente?
    Saludos

    • Estimado Juan:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en virtud de la norma vigente que regula la Jubilación Anticipada Voluntaria, entendemos que podría acceder a la Jubilación anticipada a partir de los 63 años de edad, siempre que la cuantía resultante de la pensión, una vez descontados los coeficientes reductores, fuera superior a la pensión mínima establecida que le hubiera correspondido a la edad de 65 años.
      Saludos,

  5. Buenas tardes.
    Un caso común:
    Edad: 63 años cumplidos
    Años cotizados: 40 años
    Base de cotización: Máxima en los últimos 15 años y media en años anteriores.
    ¿Es posible jubilarse anticipadamente y cuantía aproximada de jubilación.

    Muchas gracias

    • Estimado Juan:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en función de la norma vigente en materia de jubilaciones, podría accede a la Jubilación Anticipada voluntaria siempre que el importe de la pensión a percibir , considerando los coeficientes reductores aplicables tenga que resultar superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado por su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad.
      El % sobre la base reguladora sería del 84,00%
      Saludos,

  6. Buenos días:
    En marzo cumplo los 61 años y tengo 30 de cotizados, pero la empresa me ha propuesto una jubilación involuntaria.
    ¿Es possible?
    ¿Me pueden decir que porcentaje tendría de reducción?
    Muchas gracias.
    José V.P.

    • Estimado Jose:
      Gracias por su comentario. La norma vigente en materia de jubilaciones, establece un mínimo de 33 años cotizados y una edad de 61 años para poder acceder a la Jubilación Anticipada no imputable a la libre voluntad del trabajador, pasando por el despido, (colectivo / objetivo) del trabajador, por casusas técnicas, económicas o de producción.
      La reducción por Jubilación anticipada, para un trabajador que se jubila 4 años antes de la edad ordinaria va del 24% hasta el 30%
      Saludos,

    • Estimada Antonia:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en función de la normativa vigente en materia de jubilaciones entendemos que podría jubilarse anticipadamente a los 63 años de edad siempre que la pensión resultante, una vez descontados los coeficientes reductores por anticipación, fuera superior a la pensión mínima establecida que le hubiera correspondido a la edad de 65 años.
      Saludos,

  7. buenas tardes.mi edad es de 64 años y 15 días.con mas de 40 años cotizados.que porcentaje me quitarían ahora mismo?.

    • Estimado José Luis:
      Gracias por su comentario.
      Según los datos aportados y en virtud de la norma vigente, el coeficiente reductor que le aplicarían sería del 7,5%.
      Saludos,

  8. Tengo 62 años y 30 años, 4 meses y 8 dias de vida laboral ,tengo reconocida una discapacidad del 46% y tambien un coeficiente reductor de 3 años y 2 meses por el Instituto Social de la Marina.
    Mi pregunta es me puedo acoger a alguna modalidad de jubilación anticipada muchas gracias

    • Estimado Ramón:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en virtud de la norma vigente, entendemos que podría acceder a la Jubilación anticipada voluntaria. No obstante recomendamos que curse consulta al INSS.
      Saludos,

  9. Hola me llamo Mayte, tengo cumplidos los 61, y cotizados 46 años, cuanto porcentaje me quitarían si me jubilara a los 63 años?

    Muchas gracias.

    • Estimada Mayte:
      Gracias por su comentario. Según los datos aportados y en función de la norma vigente el 6,5% por cada año de anticipación sobre la edad legal establecida. Esto es el 13,00% en total.
      Saludos,

Los comentarios están cerrados.

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